¿Qué son los montos de actuación?
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Los montos de actuación son los topes que fija cada año el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) para que una institución pueda adjudicar directamente o invitar a cuando menos tres personas en lugar de licitar, sólo por el importe de la operación.
El PEF los llama «montos máximos de adjudicación», y la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP) los usa en su artículo 55. Para 2026 están en el Anexo 9 del PEF, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de noviembre de 2025. El tope no es igual para todas las instituciones: depende de su presupuesto autorizado de adquisiciones, arrendamientos y servicios, y sube conforme ese presupuesto es mayor. Todos se leen sin el impuesto al valor agregado (IVA).
La tabla de 2026
Cada renglón es un rango de presupuesto anual de adquisiciones. Las dos columnas de la derecha son el máximo de cada operación que puede adjudicarse directamente o mediante invitación.
| Presupuesto autorizado de adquisiciones | Adjudicación directa | Invitación a tres |
|---|---|---|
| Hasta $15,000,000 | $309,000 | $2,272,000 |
| Más de $15,000,000 y hasta $30,000,000 | $343,000 | $2,649,000 |
| Más de $30,000,000 y hasta $50,000,000 | $376,000 | $2,983,000 |
| Más de $50,000,000 y hasta $100,000,000 | $391,000 | $3,264,000 |
| Más de $100,000,000 y hasta $150,000,000 | $492,000 | $4,351,000 |
| Más de $150,000,000 y hasta $250,000,000 | $554,000 | $5,165,000 |
| Más de $250,000,000 y hasta $350,000,000 | $624,000 | $6,138,000 |
| Más de $350,000,000 y hasta $450,000,000 | $686,000 | $7,068,000 |
| Más de $450,000,000 y hasta $600,000,000 | $697,000 | $7,551,000 |
| Más de $600,000,000 y hasta $750,000,000 | $777,000 | $8,880,000 |
| Más de $750,000,000 y hasta $1,000,000,000 | $790,000 | $9,461,000 |
| Más de $1,000,000,000 y hasta $1,250,000,000 | $902,000 | $11,547,000 |
| Más de $1,250,000,000 y hasta $1,500,000,000 | $1,023,000 | $13,741,000 |
| Más de $1,500,000,000 | $1,145,000 | $16,086,000 |
Anexo 9 del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2026, convertido de miles de pesos a pesos. Montos sin IVA. La obra pública y sus servicios tienen su propia tabla en el mismo anexo.
Las reglas que acompañan a la tabla
El tope se aplica a cada operación, y la ley prohíbe partir una compra para que quepa. El Reglamento la considera fraccionada cuando varias operaciones fundadas en el artículo 55 son exactamente de lo mismo, caen en el mismo ejercicio, pudieron preverse en un solo procedimiento, salen de la misma área requirente y juntas rebasan el tope. Además, lo que una institución contrata por monto en un año no puede pasar del 30 % de su presupuesto de adquisiciones; en obra pública, el límite es del 20 %, salvo que el titular fije uno mayor en casos excepcionales.
Dos precisiones ayudan a leer una ficha. Si una institución tiene áreas que contratan por su cuenta, el tope de cada una se calcula con el presupuesto que se le asigna, no con el de toda la institución. Y cuando una operación cabe en el monto de invitación pero se adjudica directo, sólo puede autorizarlo el titular de la Unidad de Administración y Finanzas, la Oficialía Mayor o su equivalente.
Un caso real
La representación en Durango de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural publicó el 19 de octubre de 2026 una adjudicación directa de combustible pagado con monederos electrónicos, fundada en el artículo 55, párrafo primero. La ficha muestra un subtotal de $309,000.00 más $49,440.00 de IVA: $358,440 en total. Sin IVA, el subtotal es exactamente el máximo de adjudicación directa del primer renglón de la tabla de 2026. La ficha no dice qué presupuesto tiene asignado esa representación.
AA-08-269-008000994-N-14-2026. Consultado el .
Qué dice la ley
Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2026, artículo 3, fracción X
«Para los efectos de los artículos 55 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 43 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, los montos máximos de adjudicación directa y los de adjudicación mediante invitación a cuando menos tres personas, de las adquisiciones, arrendamientos, prestación de servicios, obras públicas y servicios relacionados con estas, serán los señalados en el Anexo 9 de este Decreto. Los montos establecidos deben considerarse sin incluir el importe del Impuesto al Valor Agregado;»
PEF 2026: texto vigente en la Cámara de Diputados. Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de noviembre de 2025, vigente desde el 1 de enero de 2026.
Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, artículo 55, párrafo cuarto
«La suma de las operaciones que se realicen al amparo de este artículo no podrá exceder del treinta por ciento del presupuesto de adquisiciones, arrendamientos y servicios autorizado a la dependencia o entidad en cada ejercicio presupuestario. La contratación deberá ajustarse a los límites establecidos en el Presupuesto de Egresos de la Federación.»
LAASSP: texto vigente en la Cámara de Diputados. Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de abril de 2025, sin reformas al 20 de octubre de 2026.
Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, artículos 110 y 111
Reglamento de la LAASSP: texto vigente en la Cámara de Diputados. Reglamento publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de diciembre de 2025; última reforma publicada el 27 de marzo de 2026.
Esta página explica la ley; no es asesoría legal.
Preguntas frecuentes
¿Cómo sé en qué renglón de la tabla está una institución?
La ficha no lo dice: depende del presupuesto autorizado que Hacienda comunica a cada institución con su calendario de gasto (artículo 2, fracción XVI, del Reglamento de la LAASSP). Una aproximación pública es su programa anual de adquisiciones, que debe publicar en la plataforma a más tardar el 31 de diciembre de cada año (artículo 29 de la LAASSP).
¿Los montos aplican a estados y municipios?
Cuando compran con cargo total o parcial a recursos federales que reciben de dependencias o entidades federales, sí: la LAASSP les aplica en esos casos (artículo 1, fracción V, de la LAASSP y 2 de su Reglamento) y, con ella, los topes del PEF. No les aplica con los fondos de aportaciones del capítulo V de la Ley de Coordinación Fiscal, que la ley excluye, ni cuando gastan recursos propios.
Fuentes
- Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, DOF 16 de abril de 2025 (Cámara de Diputados)
- Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2026 (Cámara de Diputados)
- Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas (Cámara de Diputados)
- Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, DOF 18 de diciembre de 2025 (Cámara de Diputados)
La definición se refiere a la contratación federal. Cada procedimiento se rige por su convocatoria y por la norma que le aplica.