Artículo 27 de la Ley de Obras Públicas: procedimientos de contratación
Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, TÍTULO SEGUNDO (DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN), CAPÍTULO PRIMERO (GENERALIDADES): texto vigente; el artículo se reformó por última vez el 16 de abril de 2025 (DOF 16-04-2025). Ir al texto
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En palabras simples
En obra pública hay tres procedimientos: licitación pública, invitación a cuando menos tres personas y adjudicación directa. La regla general es la licitación, con proposiciones en sobre digital por la Plataforma. A diferencia de la Ley de Adquisiciones, la Ley de Obras Públicas no prevé el diálogo competitivo, la adjudicación directa con estrategia de negociación ni los acuerdos marco.
Las condiciones de la convocatoria y de las proposiciones no se negocian, aunque la convocante puede pedir aclaraciones o información adicional en los términos del artículo 38. Cada licitante presenta una sola proposición, y una vez iniciado el acto de apertura ya no puede modificarla ni retirarla. Si la convocante usa la modalidad de ofertas subsecuentes de descuentos, los licitantes pueden mejorar después su precio inicial, sin cambiar las especificaciones de su propuesta técnica (artículo 2, fracción XIII).
La licitación empieza con la publicación de la convocatoria en la Plataforma, y la invitación con la entrega de la primera invitación; ambas terminan con el fallo o con la cancelación. Cualquier persona puede asistir como observadora a los actos en la Plataforma, si registra su acceso.
Texto vigente
Artículo 27. Los procedimientos de contratación deberán asegurar al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, siendo los siguientes:
I.Licitación pública;
II.Invitación a cuando menos tres personas, o
III.Adjudicación directa.
Los contratos de obras públicas y los servicios relacionados con las mismas se adjudicarán, por regla general, a través de licitaciones públicas, mediante convocatoria pública, para que libremente se presenten proposiciones solventes en sobre digital mediante la Plataforma.
En los procedimientos de contratación deberán establecerse los mismos requisitos y condiciones para todos los participantes, debiendo las dependencias y entidades proporcionar a todos los interesados igual acceso a la información relacionada con dichos procedimientos, a fin de evitar favorecer a algún participante.
Las condiciones contenidas en la convocatoria a la licitación e invitación a cuando menos tres personas y en las proposiciones presentadas por los licitantes no podrán ser negociadas, sin perjuicio de que la convocante pueda solicitar a los licitantes aclaraciones o información adicional en los términos del artículo 38 de esta Ley.
La licitación pública inicia con la publicación de la convocatoria en la Plataforma y, en el caso de invitación a cuando menos tres personas, con la entrega de la primera invitación a un licitante; ambos procedimientos concluyen con la emisión del fallo o, en su caso, con la cancelación del procedimiento respectivo.
Los licitantes sólo podrán presentar una proposición en cada procedimiento de contratación; tratándose de representantes legales de los licitantes personas morales, únicamente podrán presentar proposiciones en representación de un solo licitante. Una vez iniciado el acto de presentación y apertura de proposiciones, las ya presentadas no podrán ser modificadas, retiradas o dejarse sin efecto por los licitantes.
A los actos del procedimiento de licitación pública e invitación a cuando menos tres personas, realizados a través de la Plataforma, podrá acceder cualquier persona en calidad de observador, bajo la condición de registrar su acceso.
La Secretaría, mediante reglas de carácter general, determinará los criterios para la aplicación de las reservas, mecanismos de transición u otros supuestos establecidos en los tratados.
Artículo reformado DOF 07-07-2005, 28-05-2009, 16-04-2025
En los datos
En obra pública la licitación sí es el procedimiento más frecuente: de los 7,589 procedimientos de obra y servicios relacionados publicados en 2026 hasta el 19 de octubre, 4,509 fueron licitaciones públicas, 1,941 invitaciones y 1,139 adjudicaciones directas. En adquisiciones, arrendamientos y servicios predominó la adjudicación directa: 57,620 de 69,243.
| Procedimiento | Obra y servicios relacionados, 2026 |
|---|---|
| Licitación pública | 4,509 |
| Invitación a cuando menos tres personas | 1,941 |
| Adjudicación directa | 1,139 |
Procedimientos publicados en ComprasMX del 1 de enero al 19 de octubre de 2026 con tipo de contratación de obra pública o de servicios relacionados con la obra, según el índice de Postor; no incluye fuentes estatales, la CFE ni Pemex. Consultado el 20 de octubre de 2026.
Para seguir leyendo
Fuente oficial
Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas: publicación original en el Diario Oficial de la Federación el 4 de enero de 2000; última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025 (DOF 14-11-2025). Texto vigente tomado de la compilación de la Cámara de Diputados, consultada el 19 de octubre de 2026.
Se reproducen los artículos y transitorios como aparecen en el PDF, con las notas de reforma de la Cámara. Se omiten el preámbulo del decreto y las firmas. Postor no es una autoridad: ante cualquier diferencia, vale el texto publicado en el Diario Oficial de la Federación.
Esta página explica la ley; no es asesoría legal.