Cómo participar en una licitación pública
Registro y firma electrónica en ComprasMX, los escritos que pide la convocatoria y, si ganas, opinión fiscal positiva y garantía de cumplimiento.
Para: Una empresa que encontró una licitación federal y va a presentar su primera propuesta en ComprasMX.
Escrito por el equipo de Postor. Responsable editorial: Lino Suarez, fundador de Postor. . Cómo hacemos estas páginas
Lo que necesitas antes de la apertura
Una licitación pública federal se tramita completa en ComprasMX, la Plataforma Digital de Contrataciones Públicas: ahí se publica la convocatoria, se hacen las preguntas, se entrega la propuesta y se firma el contrato (artículos 36 y 81 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, LAASSP). Sólo en casos excepcionales y justificados la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno puede autorizar un procedimiento sin la Plataforma (artículo 81). Para los proveedores nacionales, el acceso «se realizará a través de la Firma Electrónica Avanzada»; a uno extranjero, la Plataforma le genera su medio de identificación (artículo 83). Además, quienes quieren participar «deberán inscribirse en el registro electrónico de personas físicas y morales, y mantener actualizada la información que le sea requerida» (artículo 86).
La convocatoria no puede pedirte cualquier papel. El artículo 40 de la LAASSP enumera lo que debe contener, y ahí están los escritos bajo protesta de decir verdad que entrega todo licitante. El Reglamento de la LAASSP agrega que esos escritos «sólo resultarán procedentes si se encuentran previstos en la Ley, en este Reglamento o en los ordenamientos de carácter general aplicables a la Administración Pública Federal», y que «La falta de dichos documentos en la proposición, será motivo para desecharla» (artículo 83 del Reglamento).
Esta página explica la ley; no es asesoría legal. Cómo se aplica a tu caso lo decides tú con tu abogado.
| Requisito | Qué es | Fundamento |
|---|---|---|
| Escrito de facultades | Tu firmante manifiesta que puede comprometer a la empresa; para intervenir en la apertura no hace falta acreditar personalidad | LAASSP, art. 40, fr. VI; Reglamento, art. 93 |
| Inscripción en el registro de ComprasMX | El registro de personas físicas y morales de la Plataforma | LAASSP, arts. 40, fr. VII, y 86 |
| Declaración de no impedimento | Que ni la empresa ni sus socios o asociados están en los supuestos de los artículos 71 y 90 | LAASSP, art. 40, fr. IX; Reglamento, art. 83 |
| Declaración de integridad | Que no inducirás a servidores públicos a alterar evaluaciones o resultados | LAASSP, art. 40, fr. X |
| Manifiesto de vínculos | Afirmas o niegas relaciones con los servidores públicos del Protocolo de Actuación en Contrataciones | LAASSP, art. 40, fr. XI |
| Escrito de no colusión | Que no actúas con otro participante para obtener una ventaja indebida | LAASSP, art. 40, fr. XX |
| Escrito de no subcontratar a otro licitante | Si ganas, no subcontratarás a quien participó en el mismo procedimiento | LAASSP, art. 40, fr. XXI |
| Nacionalidad y contenido nacional | En licitaciones nacionales: que eres de nacionalidad mexicana y, en bienes, que se producen en México | Reglamento, art. 58 |
| Estratificación como MIPYME | Documento o escrito para participar como micro, pequeña o mediana empresa | Reglamento, art. 57 |
| Opinión positiva de cumplimiento fiscal | La presenta sólo quien resulta adjudicado, antes de firmar | LAASSP, art. 40, fr. XXII; Reglamento, art. 83 |
Requisitos del artículo 40 de la LAASSP y de los artículos 57, 58, 83 y 93 de su Reglamento. Cada convocatoria agrega sus requisitos técnicos y económicos.
El calendario manda
Cada convocatoria fija la fecha de la junta de aclaraciones, la de presentación y apertura de proposiciones, la del fallo y la de firma del contrato (artículo 40, fracción III). Los mínimos los pone la ley. En una licitación nacional, el plazo hasta la apertura «será, cuando menos, de quince días naturales contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria»; en una internacional, «no podrá ser inferior a veinte días naturales» (artículo 42), y bajo la cobertura de tratados «no podrá ser inferior a cuarenta días naturales» (artículo 87 del Reglamento).
Esos plazos pueden recortarse. Con razones justificadas y acreditadas en el expediente, la persona titular del área de contratación «podrá reducir los plazos a no menos de diez días naturales, contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria, siempre que ello no tenga por objeto limitar el número de participantes» (artículo 42). El Reglamento exige motivar la reducción «en causas supervenientes de cualquier naturaleza ajenas a la convocante», y bajo tratados sólo la permite en casos de urgencia justificados por el área requirente y autorizados por el área contratante (artículo 87 del Reglamento).
En la práctica el margen es corto. Revisamos las 302 licitaciones públicas de adquisiciones (número LA-) publicadas en ComprasMX del 1 al 15 de septiembre de 2026: la mediana fue de 16 días entre la publicación y la apertura, 132 traían el plazo marcado como «Recortado» y la más corta abrió propuestas a los 10 días.
Entre la última junta de aclaraciones y la apertura «deberá existir un plazo de al menos seis días naturales» (artículo 44). En esa misma muestra la mediana fue de ocho: lo que se aclara en la junta te deja poco más de una semana para ajustar la propuesta.
| Acto | Fecha | Regla |
|---|---|---|
| Publicación de la convocatoria | 19 de octubre de 2026 | Primer día del plazo (Reglamento, art. 86) |
| Límite para enviar preguntas | 22 de octubre de 2026 | 24 horas antes de la junta (LAASSP, art. 44) |
| Junta de aclaraciones | 23 de octubre de 2026 | Al menos una en toda licitación (art. 43) |
| Presentación y apertura de proposiciones | 2 de noviembre de 2026 | Plazo recortado: 14 días desde la publicación (art. 42) |
| Fallo | 6 de noviembre de 2026 | Dentro de los 20 días naturales siguientes a la apertura; puede diferirse hasta 20 días naturales más, contados desde la fecha fijada originalmente (art. 46) |
Licitación LA-50-GYR-050GYR003-N-176-2026 del IMSS, fechas publicadas en ComprasMX y leídas en su ficha de Postor el 20 de octubre de 2026.
Paso a paso, de la convocatoria al contrato
El orden de los actos es el mismo en toda licitación pública federal de adquisiciones. Cambian las fechas, los requisitos técnicos y el criterio de evaluación, que fija cada convocatoria.
- 01Descarga la convocatoria y sus anexos desde ComprasMX: «su obtención será gratuita» (artículo 41), y descargarla no te compromete a participar.
- 02Envía por la Plataforma el escrito en el que manifiestas tu interés en participar. Quienes lo presentan «serán consideradas licitantes y tendrán derecho a formular solicitudes de aclaración» (artículo 44 de la ley y 90 del Reglamento).
- 03Manda tus preguntas «a más tardar veinticuatro horas antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la junta de aclaraciones» (artículo 44), cada una ligada al numeral de la convocatoria que la origina. Las que llegan tarde «no serán contestadas por la convocante por resultar extemporáneas»; si se cita a otra junta, la convocante «deberá tomar en cuenta dichas solicitudes para responderlas» (artículo 91 del Reglamento).
- 04Lee el acta de cada junta: cualquier modificación a la convocatoria, incluidas las que resulten de las juntas, «formará parte de la convocatoria y deberá ser considerada por los licitantes en la elaboración de su proposición» (artículo 43).
- 05Arma la proposición: la propuesta técnica, que incluye la documentación legal y administrativa, y la económica, foliadas y firmadas electrónicamente (artículo 45 de la ley y 95 del Reglamento).
- 06Envía el sobre digital antes de la hora de la apertura. Iniciado el acto, las proposiciones «no podrán ser modificadas, retiradas o dejarse sin efecto por los licitantes» (artículo 35).
- 07Revisa el acta de apertura: hace constar lo que entregó cada licitante y «el importe de cada una de ellas» (artículo 46), y se difunde en la Plataforma «el mismo día de su celebración» (artículo 50).
- 08Consulta el fallo en la fecha anunciada. Por cada proposición desechada debe expresar «todas las razones legales, técnicas o económicas que sustentan tal determinación», y dice a quién se adjudica cada partida (artículo 49).
- 09Si ganas, firma el contrato en la Plataforma en la fecha y hora previstas en el fallo o en la convocatoria y, si no las prevén, «dentro de los quince días hábiles siguientes al de la citada notificación» del fallo (artículo 67). Los contratos de procedimientos consolidados «deberán ser firmados a más tardar a los veinte días hábiles siguientes a la notificación del fallo», y cualquier fecha que se fije debe quedar dentro de esos quince o veinte días hábiles (artículo 67 de la ley y 129 del Reglamento).
- 10Entrega la garantía de cumplimiento «en el plazo o fecha previstos en la convocatoria a la licitación; en su defecto, a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo» (artículo 69).
Lo que revisa la dependencia antes de firmar
Antes de formalizar, el área contratante verifica en la Plataforma tus opiniones de cumplimiento de obligaciones fiscales; «de presentarse en sentido negativo no se podrá formalizar contrato alguno» (artículo 83 del Reglamento). En la evaluación, la convocante también «deberá verificar en la Plataforma el registro de proveedores sancionados dejando constancia de la consulta» (artículo 92 del Reglamento): no puede contratar con empresas inhabilitadas ni con personas morales que «cuenten con socios o asociados que se encuentren inhabilitados» (artículo 71, fracción V).
Antes de la firma, el ganador «deberá presentar original o copia certificada para su cotejo de los documentos con los que se acredite su existencia legal y las facultades de su representante para suscribir el contrato correspondiente», salvo que esa información esté completa y actualizada en el Registro único de participantes (artículo 93 del Reglamento). Si el poder de tu representante ya no está vigente, la dependencia puede pedirte, «por una sola ocasión, su actualización en el Registro único de participantes, en un plazo de dos días hábiles»; si no lo actualizas, «no se podrá firmar el contrato» y pasa al segundo lugar (artículo 153 del Reglamento).
No firmar por causas imputables a ti también tiene consecuencias. Con criterio binario, la dependencia «deberá adjudicar el contrato al participante que haya obtenido el segundo lugar, siempre que la diferencia en precio con respecto a la proposición inicialmente adjudicada no sea superior a un margen del diez por ciento»; con puntos y porcentajes o costo beneficio, «se podrá adjudicar al segundo lugar, dentro del margen del diez por ciento de la puntuación» (artículo 67). Con esa misma dependencia quedas impedido para contratar por el plazo que fijen los lineamientos, que «no podrá ser superior a un año calendario» (artículo 71, fracción XIV), y la ley inhabilita a los licitantes que, por causas imputables a ellos, «no formalicen dos o más contratos que les hayan sido adjudicados en el plazo de dos años calendario» (artículo 90, fracción I).
Participar con otra empresa
«Dos o más personas podrán presentar conjuntamente una proposición sin necesidad de constituir una sociedad, o una nueva sociedad en caso de personas morales» (artículo 45). Firman un convenio que dice qué parte del contrato cumple cada una y si responden en forma solidaria o mancomunada, y designan un representante común que firma la propuesta (artículo 88 del Reglamento). Si la convocatoria pide un ingreso mínimo, pueden sumar los de todas.
La regla es que «En las licitaciones públicas se aceptarán proposiciones conjuntas». Para no aceptarlas, «se requerirá la autorización escrita de la persona titular del área requirente», con las razones y con los aspectos «relativos a que con tal determinación no se limita la libre participación» (artículo 88 del Reglamento). En la muestra de septiembre, 280 de las 302 convocatorias las permitían.
«Los licitantes sólo podrán presentar una proposición en cada procedimiento de contratación», y un representante legal de personas morales sólo puede presentar proposiciones a nombre de un licitante (artículo 35). La ley tampoco permite contratar con quienes «presenten proposiciones en una misma partida de un bien o servicio en un procedimiento de contratación que se encuentren vinculadas entre sí por algún socio o asociado común» (artículo 71, fracción VIII).
Casos reales en el índice
- LA-50-GYR-050GYR003-N-176-2026: mantenimiento de equipo médico del IMSS en Baja California, con 69 partidas, criterio binario y contrato abierto · consultado el 20 de octubre de 2026
- Licitaciones federales que aceptan propuestas hoy · consultado el 20 de octubre de 2026
Preguntas frecuentes
¿Necesito estar inscrito para preguntar en la junta de aclaraciones?
Necesitas entrar a la Plataforma, con Firma Electrónica Avanzada si eres proveedor nacional (artículo 83), para enviar el escrito de interés y tus preguntas. Sin ese escrito puedes asistir a la junta como observador, pero no preguntar (artículo 90 del Reglamento).
¿Una persona física puede participar?
Sí. La ley habla de personas físicas y morales: se inscriben en el mismo registro (artículo 86) y entregan los mismos escritos. Cambia la forma de acreditar la existencia legal: en una licitación nacional, la persona física presenta acta de nacimiento o carta de naturalización en lugar de escritura constitutiva (artículo 58 del Reglamento).
¿Puede participar una empresa extranjera?
Depende del carácter, que aparece en la convocatoria y en el número del procedimiento: con «N» es nacional, y en ella «únicamente podrán participar personas de nacionalidad mexicana»; con «T» es internacional bajo la cobertura de tratados, para licitantes de países con tratado de libre comercio con capítulo de compras; con «I» es internacional abierta (artículo 39).
¿Me reembolsan algo si cancelan la licitación?
Sí, salvo que la cancelación sea por caso fortuito o fuerza mayor: en los demás casos, la dependencia «cubrirá a los licitantes los gastos no recuperables que, en su caso, procedan» (artículo 51), como el costo de preparar la propuesta. Los pides por escrito «en un plazo máximo de tres meses, contado a partir de la fecha de la cancelación» (artículo 147 del Reglamento).
Fuentes
- Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, DOF 16 de abril de 2025 (Cámara de Diputados)
- Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, última reforma DOF 27 de marzo de 2026 (Cámara de Diputados)
- ¿Qué es Compras MX? (Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno)
La guía trata de contratación federal. Revisa la normativa y la convocatoria aplicables a cada procedimiento. Postor no es ComprasMX ni una dependencia de gobierno.